ANSES Fecha de Pago Ayuda Escolar 2024

Fecha de cobro Jubilados Abril 2024
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Beneficiarios de la AUH: Pago Ayuda Anual Escolar

Una de las novedades para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo es que podrán cobrar cuota anual por Ayuda Escolar que se abona en Marzo. Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cobran, la Ayuda Escolar Anual de la ANSES, al igual que los trabajadores formales mediante la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cobran la Ayuda Anual Escolar 2017-2018 debiendo cumplir con los requisitos necesarios.

Monto Ayuda Escolar Anual:

En cuanto al valor general de la Asignación Escolar depende de la zona geográfica de residencia.

Monto Ayuda Escolar:

  • Es de 1250 pesos.
  • El monto es actualizado en base a la Ley de Movilidad de las Asignaciones Familiares, que se aplica cuatro veces en el año.
  • El índice de ajuste lo conforma un 70% la variación por inflación y un 30% por la variación de los sueldos de los empleados estatales.

Fecha de Pago y Monto de la Ayuda Escolar

¿Cuándo Hace el Pago Masivo la ANSES?

  • Para los trabajadores y beneficiarios de ART de empresas incorporadas al SUAF se pone al pago en Marzo o Abril de cada año
  • Para los beneficiarios de la Prestación por Desempleo se abona a fines de Febrero para los que perciben el Plan 1 y a principios de Marzo para los del Plan 2.
  • Para los jubilados y pensionados se paga en febrero de cada año, junto con los haberes.

El pago masivo de la Asignación, lo cobran entre Marzo y Abril los chicos menores de 18 años y sin límite de edad los hijos con discapacidad.

Entre los requisitos para cobrar es que los chicos concurran al Nivel Inicial, Primario o EGB, Secundario o Polimodal; o que reciban Educación Especial o Rehabilitación en el caso de hijos con discapacidad.

  • Los trabajadores y beneficiarios de ART de empresas incorporadas al SUAF el pago es en Marzo y Abril de cada año -Para los beneficiarios de la Prestación por Desempleo a fines de Febrero los que perciben el Plan 1 y a principios de Marzo para los del Plan 2.
  • Los jubilados y pensionados se paga en Febrero de cada año, junto con los haberes.

MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES, ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO Y POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL

  • Rangos y Montos para las Asignaciones Familiares percibidas desde 01/03/2018
  • Para las Asignaciones por Adopción, Nacimiento y Matrimonio desde 01/03/2018
  • Montos para las Asignaciones Universales percibidas desde 01/03/2018

Resolución ANSES N° 32/2018

ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, TITULARES DE LA PRESTACIÓN DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, DE LAS PENSIONES HONORÍFICAS DE VETERANOS Y JUBILADOS Y PENSIONADOS

Para el pago de las Asignaciones Familiares se toma en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar:

 La suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
 Más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
 Excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
 Más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico,
 Más los haberes de jubilación y pensión,
 Más el monto de la Prestación por Desempleo,
 Más Planes Sociales,
 Más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a ($ 47.393.-) brutos, se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.

TOPES DE INGRESO DEL GRUPO FAMILIAR VIGENTES – Resolución ANSES N° 32/18

 Tope Mínimo de Ingreso del Grupo Familiar $ 200.-
 Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar $ 94.786.-
 Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar $ 47.393.-

QUÉ SE TOMA EN CUENTA PARA EL PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES

El monto de las asignaciones familiares estará dado:

 Para los Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación
declarada por el empleador ante AFIP.
 Para los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se
encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
 Para los Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares
de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia.

 

 

* 80% en la liquidación normal.
** 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable.
20% acumulado de la Asignación por Embarazo para Protección Social contra la presentación del
Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” con los rubros 1 y 3
debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer/
Programa SUMAR del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción del Embarazo.

QUIÉNES PERCIBEN ESTAS ASIGNACIONES

1: Trabajadoras en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del
Trabajo y Trabajadoras en Casas Particulares (Servicio Doméstico).

2, 3, 4 y 5: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

5*, 6*, 7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías A, B, C, D, E, F, G, H e I.

6, 7, 8 y 9: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo, Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema
Integrado Previsional Argentino, Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías J y K. La Ayuda Escolar Anual sólo corresponde en el caso de Hijo con Discapacidad.

10: Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de
Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

11, 12 y 13: Titulares de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social.

14: Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

VALOR GENERAL

Montos de Asignaciones Familiares para:

 Trabajadores en Relación de Dependencia registrados y Titulares de la Prestación de la Ley
de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
 Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en todo el país a
excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

 Titulares de la Prestación por Desempleo que residan en todo el país.
 Trabajadores Monotributistas que residan en todo el país.

Montos de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social para los Titulares que
residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

 

ZONA 1

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en:

La Pampa

Río Negro

Neuquén

En los departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa

Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas)

Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas)

Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris)

Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes)

Departamento San Carlos (Distrito Pareditas)

Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas)

Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida);

Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas)

Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.

Montos de Asignaciones Familiares para Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y para los que sean Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

Montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección
Social para los Titulares que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ZONA 2 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Chubut.

ZONA 3 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca)

Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy)

Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

 

ZONA 4

Montos de Asignaciones Familiares por Hijo y Prenatal para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en:

  • Santa Cruz
  • Tierra del Fuego
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Exclusión del Grupo Familiar para Cobrar:

El cobrar un ingreso que supere $47.393 de uno de los integrantes del grupo familiar, automáticamente excluye al grupo del cobro de las Asignaciones Familiares, aunque con la suma de sus ingresos no supere el tope máximo $94.786.

Qué Ingresos se Consideran:

Según el Decreto 1667/2012, publicado en el Boletín Oficial el 13 de Septiembre 2012, deben considerarse como ingresos a:

  • Las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
  • Las rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas,
  • Las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a las:
    • Prestaciones por desempleo (Ley 24.013 y Ley 25.191).
    • Jubilaciones y pensiones (Ley 24.241).
    • Prestaciones por riesgos del trabajo (Ley 24.557).
    • Asignación por maternidad (Ley 24.714, Art. 11).

Los topes previstos No son aplicables para la liquidar Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, ni para determinar el valor de la Asignación por Maternidad de la trabajadora.

Aquellos que trabajen el Sector Público Nacional, desde Enero 2013 tienen derecho a las Asignaciones Familiares en forma directa cobrándolas vía ANSES por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Asignación Para Ayuda Escolar:

La asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años inclusive, deben presentar el certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, como fecha límite, al 31 de Diciembre de cada año.

ANSES, recuerda a los beneficiarios de la AUH que pueden perder el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) si No presentan la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación o Formulario Libreta PS. 1.47 -dicha presentación se hace una vez al año-.

Ayuda Escolar Anses: plazo presentación certificados escolares en 2017:

Para hacer el trámite de presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación o Formulario Libreta PS. 1.47, los beneficiarios tuvieron hasta el 31 de Diciembre 2017.*

*Hasta el Viernes 29 de Diciembre -último día hábil de dicho mes-podían sacar turno llamando al 130 y hasta el Domingo 31 el turno online por www.anses.gob.ar.

Para cobrar la Asignación Universal por Hijo, el hijo/a menor debe asistir a clases, cuando esté en edad escolar; y además cumplir con:

  • Controles sanitarios
  • Visitas al médico
  • Régimen de vacunación.

La forma de demostrar que cumplieron con los requisitos, el padre o tutor deben presentar el Formulario Libreta anualmente.

Plazo de Vencimiento:

  • Depende en dónde deban hacer la presentación.
  • Si hacen la presentación en una oficina de ANSES deben solicitar un turno previamente por teléfono o Internet antes del Domingo 31 Diciembre.
  • Anses no tendrá en cuenta la fecha para la que se otorgue el turno, sí tomará la solicitada.
  • Pero, si se hace en uno de los puntos de atención de Anses sin turno, deben hacerlo antes del Viernes 29 Diciembre.

Cobro de Retención a la Asignación Universal por Hijo

Monto Retenido:

  • Una vez realizada la presentación, Anses liquidará el monto retenido cada mes.
  • La retención es el 20% del monto de la prestación.
  • El depósito del monto se realiza en la cuenta bancaria en la que cobran la AUHcada mes y puede demorar de 2 a 3 meses.

Si No Presento la Libreta ¿Me Suspenden la AUH?

  • Si No cumplen con la presentación, Anses les suspende el pago de la AUH hasta que demuestren que cumplieron con los requisitos.
  • Luego de regularizar la situación Anses les reactiva el pago aunque pierden el monto retenido hasta dicho momento y que no cobraron y tampoco podrán solicitar en forma de pago retroactivo por el período no cobrado.
  • Si  no cumplen con los requisitos, además de descontarles el monto pagado en el futuro, Anses tampoco les depositará la Ayuda Escolar Anual directamente al año siguiente.
  • Solamente podrán cobrar el beneficio luego de cumplir al presentar el formulario.
  • El pago de la Ayuda Escolar Anual en Marzo lo cobran los titulares de los beneficiarios que el año anterior presentaron el Formulario PS 2.68.
  • Aunque dichos beneficiarios deben presentar la Certificación Escolar del corriente año.
  • Si No certificaron la escolaridad de este año ante ANSES, el titular del beneficio deberá sacar un turno antes. De no hacerlo, Anses les descontará el monto pagado de próximas Asignaciones Familiares.
  • Por la Asignación Universal por Hijo (AUH) no necesitan presentar el Certificado Escolar.
  • La certificación de la asistencia escolar se hace vía el Formulario Libreta PS 1.47, la presentación anual es obligatoria para cobrar dicho plan social.

Al ampliar la ayuda escolar a los beneficiarios de la AUH una vez por año significa para el Estado desembolsar $2.534 millones, beneficiando a 3.621.000 niños a traves de la Anses.

Titulares de la AUH Ayuda Escolar:

  • Desde 2015, los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) empezaron a percibir la Ayuda Escolar automáticamente.
  • Solamente los niños de 45 días a 4 años de edad cuyos padres y madres la perciben tendrán que presentar la libreta o certificado de escolaridad para acceder a dicha prestación escolar.

Ayuda Escolar Anses plazo presentacion certificados escolares

A Quiénes les Corresponde:

La Ayuda Escolar Anual les corresponde a los trabajadores y beneficiarios de ART, con derecho a cobrar la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad. Además de corresponderles a los beneficiarios de la Prestación por Desempleo y jubilados y pensionados.

Ayuda Escolar Anual: Requisitos 

Uno de los requisitos es concurrir al:

-Nivel Inicial
-Primario o EGB
-Secundario o Polimodal
-Educación Especial o Rehabilitación los hijos con discapacidad.

Aquellos que no perciban este pago masivo cobrarán la asignación contra presentación del formulario que acredita la escolarización de los hijos y que ANSES debe publicar. Desde 2015, los que cobren la Asignación Familiar por Ayuda Escolar o deban cobrarla podrán que presentar el formulario anualmente para recibir el beneficio. Tienen de plazo hasta el 31 de Diciembre de cada año.

Formulario:

El formulario, debe tener los datos de inicio de ciclo lectivo o de inicio de Tratamiento de Rehabilitación y/o Enseñanza Diferencial, servirá para acreditar la concurrencia de los hijos al colegio o a tratamientos, garantizando la transparencia y el control de pago.

  • Podrán entregar en las delegaciones de ANSES hasta el 31 de Diciembre de cada año
  • Desde el inicio del ciclo lectivo, deben solicitar un turno en el sitio www.anses.gob.ar o llamando al 130.
  • Hasta el 31 de Diciembre de cada año, si son niños que concurren a escuelas de verano
  • Si no presentan el formulario dentro del período, el monto abonado a inicio de año se les descontará de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.

Pago Ayuda Anual Escolar Beneficiarios de la AUH:

El pago de la Ayuda Escolar Anual se paga automáticamente y beneficia a niños, niñas y adolescentes de entre 4 y 18 años de padres que perciben la AUH, mientras que para el Estado y la ANSES representa una inversión adicional por millones de pesos.

También podrán cobrar los padres de niños de 45 días a 4 años de edad que perciben la AUH, previamente tendrán que presentar la libreta o certificado de escolaridad.

La Ayuda Escolar Anual pasa a beneficiar a la Asignación Universal por Hijo, a partir de lo  anunciado por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Benenficia a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cobrarán desde el 1º Abril, la Ayuda Escolar Anual como lo hacen los trabajadores formales.

Quiénes Pueden Cobrar:

  • De forma automática se benefician niños, niñas y adolescentes de entre 4 y 17 años inclusive y que sus madres y padres cobran la AUH.
  • También las madres y padres de niños de 45 días a 4 años de edad que cobran la AUH.
  • En cuanto a la canasta escolar de artículos de Precios Cuidados, los que cobran Asignaciones Familiares (AAFF) y AUH podrán llegar a cubrir el costo total de los útiles y materiales del colegio.
  • Los Desempleados beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuando consigan un empleo podrán seguir cobrando la AUH y el sueldo, y cobrar la AUH siempre que tengan hijos en edad escolar.

Hijos de Empleadas Domésticas:

  • Los hijos cuyas madres trabajen en casas de familia podrán ingresar al Plan Progresar. Con beneficiando a un total de 1.280.000 beneficiarios.

Que es la Ayuda Escolar:

La Ayuda Escolar es una Asignación Familiar que consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que tenga derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo o Hijo con discapacidad, cuando éste concurra al Nivel Inicial (en el caso de aquellos que cuentan con autorización expresa de ANSES para el cobro de la Asignación Familiar por hijo con discapacidad), nivel primario o secundario.

Asignación Familiar Por Ayuda Escolar Anual Para trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de derecho de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART):

Valor General:

Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1:

Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distritos Los Árboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Árboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.

Zona 2:

Provincia del Chubut.

Zona 3:

Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.

Zona 4:

Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ANEXO II

Asignación Familiar Por Ayuda Escolar Anual para Titulares de la Prestación Por Desempleo:

ANEXO III

Asignación Familliar Por Ayuda Escolar Anual para Titulares del SIPA y Veteranos de Guerra del Atlántico SUR:

 

Valor General:

Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1:

Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Formulario y Certificado:

Los alumnos que concurran a establecimientos de verano tendrán tiempo de presentar el formulario hasta el 31 de Diciembre de cada año.

Los beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual deberán, obligatoriamente, presentar el certificado de asistencia a la escuela todos los años. Caso contrario, el monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.

Puede consultar los requisitos y documentación necesaria para solicitar la Ayuda Escolar Anual de Anses mirando la siguiente página

proxima pagina

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3 comentarios

  1. Hola , Buenas Tardes, quisiera saber cual es la fecha de cobro del asignación universal escolar ,. Yo realize el tramite el día 30 de abril . gracias . Desde ya muchisimas gracias , por el pago asignación universal por hijo.

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