Valor Jubilacion Minima Buenos Aires

Jubilación es el nombre que recibe el acto administrativo por el que un trabajador en activo, ya sea por cuenta propia o ajena, pasa a una situación pasiva o de inactividad laboral, después de alcanzar una determinada edad máxima legal para trabajar o edad a partir de la cual se le permite abandonar la vida laboral y obtener una retribución por el resto de su vida.

Se entiende por jubilación, la prestación de garantizar al trabajador y a su familia, su tranquilidad económica o mental, se concede a los empleados otorgándoles las mismas prestaciones de que gozan como trabajador activo.

En nuestro pais, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció un aumento a partir del mes de septiembre de 2013 del 14,41% en los haberes de jubilados y pensionados nacionales, ex Veteranos de Malvinas y beneficiarios de Pensiones No Contributivas.

De este modo, la jubilación mínima aumentará de $2.165 a $2.476,98, el haber medio ascenderá de $3.498 a $4.002 y que el máximo subirá de 15.800 a 18.146 pesos mensuales.

Este incremento se suma al 15,18% otorgado en marzo, y representa una suba anual del 31,78% en los haberes, de acuerdo a las dos subas que prevé la Ley de Movilidad Previsional sancionada en 2009 e impactará sobre el bolsillo de los trabajadores independientes que pagarán por la categoría más alta $2.020 aproximadamente.

La actualización semestral también incidirá en la carga fiscal que recae sobre los asalariados impacta de lleno en la carga fiscal que soportan mensualmente los empleados y los trabajadores independientes. Se prevé que con el ajuste se eleve el monto a cancelar por la categoría más baja a $458 aproximadamente. En tanto, la más alta superará los 2.020 pesos.

Asimismo, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla -casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzarán a abonar -en poco más de un mes- $642 aproximadamente, mientras que ahora la suma que aportan es de 562 pesos.

En tanto, en lo que respecta a quienes se desempeñan en relación de dependencia, la suba en la jubilación mínima también elevará a cerca de $28.900 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

Por lo tanto, una vez que la AFIP actualice el esquema de tributación para los autónomos, se estima que éste quedará diagramado de la siguiente manera:

Categoría I. Aporte mensual de $458 aproximadamente:

Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20.000.
Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
Categoría II. Aporte mensual de $642 aproximadamente:

Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ganancias anuales los 20.000 pesos.
Comerciantes que superen los $25.000 anuales.
Categoría III. Aporte mensual de $920 aproximadamente:

Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con rentas por año inferiores o iguales a 15.000 pesos.
Categoría IV. Aporte mensual de $1.470 aproximadamente:

Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
Categoría V. Aporte mensual de $2.165 aproximadamente:

Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con entradas superiores a los 30.000 pesos.
Empleados

De igual manera, ante el ajuste de la jubilación mínima, la remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados se elevará, desde marzo próximo, a $28.900 aproximadamente.

Bajo este esquema, como el descuento con destino al sistema previsional es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasará a ser cerca de $3.174 pesos.

Asimismo, se incrementarán los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI que equivalen, en cada caso, al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinarán cerca de 1.733 pesos.

La fecha de pago de las jubilaciones del Mes de Julio son las siguientes:

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